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WAI-A

Subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social

 

Departamento / Organismo Autónomo

Justicia, Empleo y Seguridad Social


Órgano gestor

Dirección de Inserción Social


Objeto

El objeto de la presente Orden es la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, otorgará a los consorcios, las mancomunidades, los ayuntamientos   y a las entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de actividades inscritas dentro de programas en el ámbito de la Inserción Social en el País Vasco, durante el ejercicio 2008, en colaboración con los Servicios sociales de base, teniendo como instrumento básico los convenios de inserción.

Su finalidad es paliar la carencia de recursos personales o sociales suficientes para desarrollar una vida independiente de las personas en situación o riesgo de exclusión social.


Destinatarios/as

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden:

  • Los consorcios, las mancomunidades y los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que realicen los programas de inserción social descritos en el artículo dos de la Orden.

  • Las entidades privadas, sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco realizando programas de inserción social, descritos en el artículo anterior, en colaboración con los servicios sociales de base y que, además, estén inscritas en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones de esta Administración o, en su caso, acreditación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

Dotación económica

El Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social podrá financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado de cada programa presentado.

El pago será fraccionado, abonándose el 75 % en el momento de la concesión y el restante 25 % previa justificación de los gastos efectuados mediante documentos originales o, excepcionalmente, mediante copias compulsadas de los mismos, que deberán presentarse en el plazo de dos meses a partir de la finalización de la actividad.


Normativa reguladora

Orden de 27 de febrero de 2008, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se regulan subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social en el País Vasco.


Personas de contacto

  • Itxaso Goikoetxea Etxebarria

Teléfono: 945 01 93 88

Fax: 945 01 91 57

E-mail: insersoc@ej-gv.es


Documentación a aportar

a) Impreso de solicitud (instancia normalizada que se adjunta como anexo de esta Orden) debidamente cumplimentado, en el que necesariamente deberán constar los siguientes datos:

  • Descripción del programa con memoria detallada de la actividad y sus fases de desarrollo.
  • Presupuesto desglosado y detallado de ingresos y gastos.
  • Otras solicitudes y, en su caso, concesiones de subvenciones instadas para el mismo objeto.
  • Medios humanos y técnicos a emplear.

b) Documentación que acredite que el programa está realizado con la colaboración de los servicios sociales de base.

c) Fotocopia del Código de Identificación Fiscal. En el supuesto de que se hubiera percibido subvención en la misma convocatoria del ejercicio anterior, no será necesaria la aportación de este documento.

d) Certificados actualizados, emitidos con no más de tres meses de antelación a la fecha de la solicitud, que
acrediten, respectivamente, estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Hacienda Foral
correspondiente, y de cumplimiento, en su caso, de las obligaciones con la Seguridad Social, emitido por la
Tesorería Territorial. No obstante, el/la beneficiario/a está obligado/a a presentar cuantas certificaciones sobre este extremo se le exijan durante todas las fases del procedimiento de concesión, justificación y liquidación de la subvención.

e) Declaración jurada de no estar sancionados con prohibición para concurrir a la presente convocatoria, en virtud de la aplicación de una sanción administrativa o penal por haber incurrido en discriminación por razón de sexo o por aplicación de una sanción en virtud de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.


Plazo de presentacion

18/03/2008 - 17/04/2008 (Ambos inclusive)


Lugar presentación solicitudes

En las Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, o bien en la Dirección de Inserción Social.

  • Delegación Territorial de Álava: C/ Samaniego, nº 2 - 2º, Vitoria-Gasteiz. Teléfono: 945 01 70 30
  • Delegación Territorial de Bizkaia: Gran Vía, nº 85 - 7º, Bilbao. Teléfono: 94 403 10 00
  • Delegación Territorial de Gipuzkoa: C/ Vitoria-Gasteiz, nº 3 - 3º.Donostia-San Sebastián. Teléfono: 943 02 32 00
  • Dirección de Inserción Social: C/ Donostia-San Sebastián, nº 1. 01010 Vitoria-Gasteiz.

En todo caso, será de aplicación lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Descripción de los trámites

No hay.


Órgano que resuelve

La Dirección de Inserción Social.


Plazo de resolución

Tres meses.



Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Impreso de solicitud de la Orden de 27 de febrero de 2008 (doc,32,8 KB)


Otros documentos

No hay.


Observaciones

No hay.


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

17/03/2008