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WAI-A


Dirección de Consumo y Seguridad Industrial

 

Titular: Ruben Mendiola Erkoreka
DONOSTIA-SAN SEBASTIAN, 1
01010 VITORIA-GASTEIZ (ALAVA)
Tlf.: 945019923 Ext. 19923


Funciones

1.- En el área de Consumo:

  • Realizar estudios, diseñar estrategias y elaborar proyectos normativos en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, así como promover la coregulación entre éstas y las organizaciones profesionales.
  • Atender a la persona consumidora mediante medios de asistencia que agilicen la resolución de consultas y reclamaciones que en materia de consumo se formulen.
  • Impulsar la participación de las Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias, y apoyar su trabajo en la defensa de los intereses de la ciudadanía en los casos de fraudes, abusos, denuncias y delitos de consumo.
  • Impulsar, a nivel Municipal la creación de los Puntos de Atención de Consumo, desarrollar las Oficinas de Información y Formación de Consumo, así como la creación de los Servicios Integrales de Consumo.
  • Dirigir la Red de Centros de Información y Atención de Consumo (CIAC) y el Centro Europeo de Consumo.
  • Dirigir la Red de "Kontsumo Eskola" como Centros de Formación Permanente en Consumo, así como dirigir y supervisar la edición de material divulgativo y didáctico.
  • Impulsar la Mediación de Consumo.
  • Gestionar y promover el Sistema Arbitral de Consumo.
  • Informar, educar y responsabilizar mejor a las personas consumidoras, consolidando el Sistema de Información Integrado de la red de agentes de consumo y dirigiendo programas de formación así como campañas de sensibilización dirigidas a empresas y a personas consumidoras, con objeto de que se garantice la protección de su salud, seguridad y la defensa de sus legítimos intereses económicos.
  • Planificar y dirigir los Servicios de Inspección y de Control de Mercado de los productos y servicios ofertados a la persona consumidora final, inmovilizando y retirando, en su caso, los productos inseguros incluidos en la red de alerta y seguridad europea.
  • En general, desarrollar cuantas otras funciones le sean encomendadas en materia de consumo.

2.– Corresponde a la Dirección de Consumo y Seguridad Industrial, en el área de administración de industria, de seguridad industrial y de instalaciones radiactivas, el ejercicio de las siguientes funciones:

  • a) Efectuar el control y seguimiento del cumplimiento reglamentario de productos, equipos e instalaciones industriales y en particular, las relativas a las siguientes materias:

                       -  Almacenamientos de combustibles gaseosos
                       – Almacenamientos de productos químicos
                       – Instalaciones de gas, de calefacción, de climatización y de agua caliente sanitaria
                       – Instalaciones frigoríficas
                       – Aparatos elevadores (ascensores y grúas-torre)
                       – Aparatos a presión
                       – Prevención de accidentes graves
                       – Vehículos
                       – Protección contra incendios
                       – Cualquier otra materia sometida a reglamentación de seguridad industrial

    b) Todas aquellas actuaciones relacionadas con el Registro de Establecimientos Industriales, la metrología, la infraestructura para la calidad y seguridad industrial, la propiedad industrial y el control de la seguridad de los productos industriales y máquinas.
  • c) Autorización y control de instalaciones radiactivas de 2.ª y 3.ª categoría, RX médicos, vigilancia radiológica ambiental y cuantas otras funciones le vengan atribuidas en esta materia tanto por norma como por encomienda de gestión con el Consejo de Seguridad Nuclear, sin perjuicio de las competencias asignadas en esta materia al Departamento de Sanidad.
  • d) Gestión, tramitación y resolución de todos aquellos expedientes que en materia de administración de industria, de seguridad industrial y de instalaciones radiactivas deban ser objeto de autorización administrativa previa.
  • e) Todas aquellas funciones en materia de administración de industria y de seguridad industrial que, por aplicación de lo establecido en el presente Decreto o en sus disposiciones de desarrollo, no resulten atribuidas a las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo.

3.– Se adscriben a la Dirección de Consumo y Seguridad Industrial la Comisión Coordinadora de Consumo de Euskadi, la Comisión Consultiva de Consumo, la Junta Arbitral de Consumo de Euskadi y el Consejo Vasco de Seguridad Industrial.