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WAI-A

Renovación del certificado de empresa autorizada
 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Viceconsejería de Administración y Planificación


Renovación Certificado de Empresa Autorizada y Anotación en el Registro de Empresas Autorizadas en las siguientes especialidades:

  • Instaladora de fontanería (instalaciones interiores de agua).

  • Instaladora de Calefacción y A.C.S. para instalaciones de potencia nominal inferior a 50 Kw.

  • Instaladora de Calefacción, Climatización y A.C.S.

  • Instaladora de Calefacción, y A.C.S. para cualquier potencia.

  • Mantenedora Reparadora de Calefacción y A.C.S..

  • Mantenedora Reparadora de Calefacción, Climatización y A.C.S

  • Instaladora Electricista de Baja Tensión.

  • Instaladora Frigorista.

  • Conservadora Reparadora Frigorista.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGI.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGII.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGIII.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGIV.

  • Instaladora de combustibles líquidos derivados del petróleo.

  • Instaladora Mantenedora de Alta Tensión.

  • Instaladora de Aparatos Elevadores.

  • Conservadora de Aparatos Elevadores.

  • Instaladora de grúas.

  • Conservadora de grúas.

  • Instaladora de almacenamiento de productos químicos.

  • Instaladora y conservadora reparadora de cafeteras.

  • Recargadora de extintores (AP5).

  • Instaladora de recipientes a presión Categoría 1.

  • Instaladora de Recipientes a presión de Categoría 2.

  • Instaladora de Protecciones contra incendios.

  • Mantenedora de Protecciones contra incendios.

  • Instaladora y reparadora de Tacógrafos.

  • Empresa autorizada para la revisión periódica de tacógrafos.

  • Instaladora de limitadores de velocidad.

Renovación Certificado de Empresa Autorizada y Anotación en el Registro de Empresas Autorizadas en las siguientes especialidades:

  • Instaladora de fontanería (instalaciones interiores de agua).

  • Instaladora de Calefacción y A.C.S. para instalaciones de potencia nominal inferior a 50 Kw.

  • Instaladora de Calefacción, Climatización y A.C.S.

  • Instaladora de Calefacción, y A.C.S. para cualquier potencia.

  • Mantenedora Reparadora de Calefacción y A.C.S..

  • Mantenedora Reparadora de Calefacción, Climatización y A.C.S

  • Instaladora Electricista de Baja Tensión.

  • Instaladora Frigorista.

  • Conservadora Reparadora Frigorista.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGI.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGII.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGIII.

  • Instaladora de Gas, Categoría EGIV.

  • Instaladora de combustibles líquidos derivados del petróleo.

  • Instaladora Mantenedora de Alta Tensión.

  • Instaladora de Aparatos Elevadores.

  • Conservadora de Aparatos Elevadores.

  • Instaladora de grúas.

  • Conservadora de grúas.

  • Instaladora de almacenamiento de productos químicos.

  • Instaladora y conservadora reparadora de cafeteras.

  • Recargadora de extintores (AP5).

  • Instaladora de recipientes a presión Categoría 1.

  • Instaladora de Recipientes a presión de Categoría 2.

  • Instaladora de Protecciones contra incendios.

  • Mantenedora de Protecciones contra incendios.

  • Instaladora y reparadora de Tacógrafos.

  • Empresa autorizada para la revisión periódica de tacógrafos.

  • Instaladora de limitadores de velocidad.


Destinatarios/as

Toda persona física o jurídica que disponga del Certificado de Empresa Autorizada, en alguna de las especialidades previstas.


Normativa reguladora

DECRETO 175/1994, de 17 de mayo, del Departamento de Industria y Energía, por el que se unifica el procedimiento para la obtención de los Carnés Profesionales y se definen las exigencias para las Empresas Autorizadas que realizan instalaciones, mantenimientos u otras actividades en materia de seguridad industrial. (BOPV 15.06.94).


Personas de contacto

OFICINA TERRITORIAL DE ALAVA

Servicios Generales: Unidad de tramitación de acreditaciones

Dª. Nieves López Campos.

Teléfono: 945.01.77.68.

OFICINA TERRITORIAL DE BIZKAIA

Servicios Generales: Unidad de tramitación de acreditaciones

Dª. Marian García Martínez.

D. José Manuel Galindez Alonso.

Teléfono: 944.03.14.00

OFICINA TERRITORIAL DE GIPUZKOA

Servicios Generales: Unidad de tramitación de acreditaciones.

Dª. Ana Palacios Santamaria.

Teléfono: 943. 02.25.32


Documentación a aportar

Para la Renovación del Certificado de Empresa Autorizada, el solicitante deberá acreditar el cumplimiento de condiciones reglamentariamente establecidas, aportando la siguiente documentación:

  1. Impreso de solicitud general debidamente cumplimentado en el que se solicite la renovación del Certificado de Empresa.

Tasas a aplicar

Las tasas serán las previstas en la Ley 13/1998, de 29 de mayo, modificada por Ley 4/1999, de 29 de diciembre y Ley 1/2002, de 23 de enero (BOPV 20.07.98, 31.12.99, 08.02.02).

(Cuadro de tasas)


Plazo de presentacion Durante todo el año, pero se deberá tener en cuenta que la solicitud se deberá presentar antes de la finalización del plazo de validez del Certificado (3 años)

Lugar presentación solicitudes

La Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo, correspondiente al domicilio social de la empresa.


Descripción de los trámites

    La Oficina Territorial, a la vista de la documentación aportada, realizara las comprobaciones oportunas y una vez finalizada la tramitación del procedimiento correspondiente renovará, en su caso, en el plazo de un mes, el certificado de Empresa Autorizada y se procederá a la anotación en el Registro Oficial de Empresas Autorizadas.


    Órgano que resuelve

    Jefe de la Oficina Territorial.


    Plazo de resolución

    Un mes.


    Efectos del silencio

    Estimatorios


    Fín de la vía administrativa

    La resolución NO pone fín a la vía administrativa


    Recursos / Reclamaciones

    Recurso de Alzada


    Formularios

    No hay


    Otros documentos

    No hay


    Observaciones

        • Anualmente, la Empresa Autorizada deberá presentar actualizados los documentos que sirvieron de base para su autorización, a los efectos de que por la Ofician Territorial se efectúen los controles reglamentariamente previstos y que garanticen el adecuado funcionamiento y el regular ejercicio de la actividad de dichas empresas.
        • La renovación producirá efectos por otros 3 años, siempre y cuando sus titulares mantengan los requisitos y condiciones bajo las cuales se les concedió.


        Nota

        Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


        Fecha de la última modificación

        11/06/02