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WAI-A

Ascensores y montacargas utilizables por personas: Instalación o reformas.
 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Administración de Industria y Minas


Instalación de ascensores nuevos y reforma, transformación o sustitución de los existentes. Tramitación necesaria para su puesta en servicio.

Ayudas y subvenciones para su instalación o reforma.

Instalación de ascensores nuevos y reforma, transformación o sustitución de los existentes. Tramitación necesaria para su puesta en servicio.

Ayudas y subvenciones para su instalación o reforma.


Destinatarios/as

Propietarios y comunidades de propietarios, empresas de construcción, empresas instaladoras, empresas conservadoras.


Normativa reguladora

  • ORDEN de 26 de diciembre de 2000 (BOPV 24-01-01) de simplificación del procedimiento para la puesta en funcionamiento de instalaciones industriales.
  • REAL DECRETO 2291/85 de 8 de Noviembre (BOE 11-12-85). Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.(En vigor sólo para modificación de instalaciones puestas en servicio antes del 01/07/99).
  • REAL DECRETO 1314/97 de 1 de agosto (BOE 30-09-97) por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la DIRECTIVA 95/16/C.E. (DOL -213 de 07-09-95) sobre ascensores. Corrección de errores (BOE 28-07-98).
  • ORDEN del 30 de junio (BOE 26-07-66 y 20-09-66). Por la que se aprueba el texto revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores.
  • ORDEN de 30 de julio (BOE 09-08-74) por la que se determinan las condiciones que deben reunir los aparatos elevadores de propulsión hidráulica y las normas para la aprobación de sus equipos impulsores.
  • ORDEN de 9 de marzo (BOPV 22-06-87) del Departamento de Industria y Comercio, por la que se establece la obligación de instalar puertas en cabina para los ascensores que carecen de la misma, y de instalación de sistema de emergencia autónomo para alumbrado y petición de socorro en cabina.
  • ORDEN de 23 de Septiembre (BOE 06-10-87 y 12-05-88) por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC MIE AEM-1 sobre Normas de seguridad para la Construcción de Ascensores movidos eléctrica, hidraúlica y oleoléctricamente.
  • ORDEN de 12 de enero,  (BOPV 20-01-88) del Departamento de Industria y Comercio que establece la obligación de que los nuevos ascensores instalados en viviendas posean un motor de dos velocidades y de que se instale un cajetín rompible en caso de necesidad, anexo al cuarto de máquinas, que contenga las llaves de éste.
  • ORDEN de 12 de Septiembre de 1991 por la que se modifica la ITC MIE-AEM-1 (BOE 17-09-91 y 15-05-92) Resolución (BOE 11-09-91).
  • ORDEN de 21 de Noviembre de 1996  (BOPV 29-01-97) del Consejero de Industria, Agricultura y Pesca, por la que se regula la instalación de indicadores de planta en los accesos de los ascensores.
  • ORDEN de 19 de noviembre de 1999 por la que se modifica la anterior (BOPV 05-11-99).
  • RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 1997 sobre el procedimiento de autorización de los modelos (BOPV 03-02-97).
  • RESOLUCIÓN del 3 de Agosto (BOPV de 20-09-93) de la Directora de Administración y Seguridad Industrial por la que se aprueban los variadores de frecuencia y tensión en motores de una velocidad.
  • RESOLUCIÓN de 13 de Julio de 1994 (BOPV de 10-08-94) de la Directora de Administración y Seguridad Industrial por la que se dictan instrucciones para la legalización y adecuación a la normativa vigente y se aprueban el Manual de Inspecciones Periódicas y el Manual de Conservación de Aparatos Elevadores.
  • RESOLUCIÓN de 15 de Junio de 1998 que modifica la anterior y aprueba el nuevo Manual de Inspecciones (BOPV 06-07-98).
  • RESOLUCIÓN de 5 de Junio de 1995 (BOPV de 17-08-95) de la Directora de Administración de Industria, Energía y Minas para la instalación de ascensores elevadores en edificios de construcción antigua.
  • RESOLUCIÓN de 3 de abril de 1997 (BOE 23-04-97 + 23-05-97) de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se autoriza la instalación de ascensores sin cuarto de máquinas.
  • RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 1998 (BOE 25-09-98) de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Indsutrial, por la que se autoriza la instalación de ascensores con máquina en foso.
  • RESOLUCION de 5 de julio de 1999, de la Dirección General de Industria y Tecnología, por la que se acuerda la publicación de la lista de organismos notificados por los Estados miembros de la Unión Europea en el ámbito del Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 95/16/CE, sobre ascensores. (BOE 13-08-99).
  • NORMAS UNE EN 81-1 y EN 81-2. Reglas para la construcción e instalación de ascensores y montacargas eléctricos e hidraúlicos respectivamente.

OTRAS DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES:

  • LEY 21/1992 de 16 de julio, de Industria (BOE 23-07-92).
  • LEY 20/1997 de 4 de diciembre sobre promoción de la accesibilidad (BOPV 24-12-97).
  • REAL DECRETO 2135/80 de Liberalización Industrial (BOE 14-10-80) y Orden de 19.12.1980 (BOE 24-12-80).
  • REAL DECRETO 474/88 de 30 de marzo (BOE 20-05-88). Permite la instalación de aparatos, que cumplan la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 84/528/C.E. sobre ascensores.
  • REAL DECRETO 2200/95 de 28 de diciembre (BOE 06-02-96) y modificación R.D.  411/97, de 21 de marzo (BOE 26-04-97) sobre el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial.
  • DECRETO 2413/73 de 20 de septiembre (BOE 09-10-73) por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y las I.T.C.s que lo desarrollan.
  • DECRETO 68/2000 de 11 de abril, (BOPV 12-06-2000) por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad en los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.
  • ORDEN de 3 de marzo (BOE 18-03-80). Sobre 'características de los accesos, aparatos elevadores y condiciones interiores de las viviendas para minusválidos, proyectadas en viviendas de protección oficial'.

Personas de contacto

COORDINADORES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

- Oficina Territorial de Álava:
Patxi Martínez de Lagos
Teléfono: 945- 01 70 64

- Oficina Territorial de Bizkaia:
José Ignacio García Amézaga.
Teléfono: 94- 403 14 16

- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Iñigo Arriaga.
Teléfono: 943- 02 25 07


Documentación a aportar

1.- Nuevas Instalaciones:

Regulado en el Art 18 del R.D. 2291/1985 (BOE 11-12-85) y los apartados 1 , 16.1.4 y Anexo E-2 de la ITC MIE AEM 1 (BOE 06-10-87).

Documentación a presentar:

- Expediente técnico que incluya la declaración de conformidad, hoja de características, listado de componentes de seguridad y planos (según modelo que se acompaña en "Formularios").

- Contrato de conservación.

2.- Reforma o modificación de instalaciones:

Se consideran transformaciones importantes los cambios de: velocidad, carga, recorrido, dispositivos de enclavamiento, guas, puertas, máquina, limitador de velocidad, amortiguadores o paracaídas.

Para la puesta en servicio de un ascensor reformado o modificado de forma importante , se precisa la presentacin de:

  • Solicitud general.
  • Documento para el registro del proyecto.
  • Proyecto técnico.
  • Certificado de instalación. (por técnico titulado).
  • Protocolo de pruebas del instalador.
  • Libro del ascensor.

Nota: A partir del 01-07-99, todos los ascensores que se pongan en funcionamiento deberán cumplir las condiciones de Seguridad del Real Decreto 1314/97, de 1 de agosto (BOE 30-09-99), por el que se dictan las disposiciones de aplicacin de la Directiva 95/16/CE, debiendo llevar el marcado CE.


Tasas a aplicar

Reguladas por la Ley 13/1998, de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 13 de 20-7-98).

Cuadro de tasas


Plazo de presentacionInmediatamente tras la finalización de la ejecución de la instalación, antes de la puesta en funcionamiento.

Lugar presentación solicitudes

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz

Empresas Conservadoras Autorizadas (Ver en Otros documentos).


Descripción de los trámites

No se describen.


Órgano que resuelve

Oficinas Territoriales de Industria


Plazo de resolución

15 días.


Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

· Expediente Técnico (Documento DAE-1).

· Libro del Ascensor (Documento DAE-2).

· Solicitud de Puesta en Servicio (Documento DAE-3).

· Certificado de Dirección de Obra del ascensor (Documento DAE-4).


Otros documentos

Listado de Empresas Conservadoras Autorizadas (Documento DAE-16).
Listado de Organismos de Control Autorizados (OCAs).
Resumen ayudas a la Instalación o reforma de ascensores (Documento DAE-17)


Observaciones

No hay.


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

08/03/2005