| Ascensores y montacargas utilizables por personas: Instalación o reformas. |
| Departamento / Organismo Autónomo Industria, Comercio y Turismo |
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Órgano gestor Dirección de Administración de Industria y Minas |
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Instalación de ascensores nuevos y reforma, transformación o sustitución de los existentes. Tramitación necesaria para su puesta en servicio. Ayudas y subvenciones para su instalación o reforma. Instalación de ascensores nuevos y reforma, transformación o sustitución de los existentes. Tramitación necesaria para su puesta en servicio. Ayudas y subvenciones para su instalación o reforma. |
| Destinatarios/as Propietarios y comunidades de propietarios, empresas de construcción, empresas instaladoras, empresas conservadoras. |
Normativa reguladora
OTRAS DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES:
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| Personas de contacto
COORDINADORES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL - Oficina Territorial de Álava: - Oficina Territorial de Bizkaia: - Oficina Territorial de Gipuzkoa: |
| Documentación a aportar
1.- Nuevas Instalaciones: Regulado en el Art 18 del R.D. 2291/1985 (BOE 11-12-85) y los apartados 1 , 16.1.4 y Anexo E-2 de la ITC MIE AEM 1 (BOE 06-10-87). Documentación a presentar: - Expediente técnico que incluya la declaración de conformidad, hoja de características, listado de componentes de seguridad y planos (según modelo que se acompaña en "Formularios"). - Contrato de conservación. 2.- Reforma o modificación de instalaciones: Se consideran transformaciones importantes los cambios de: velocidad, carga, recorrido, dispositivos de enclavamiento, guas, puertas, máquina, limitador de velocidad, amortiguadores o paracaídas. Para la puesta en servicio de un ascensor reformado o modificado de forma importante , se precisa la presentacin de:
Nota: A partir del 01-07-99, todos los ascensores que se pongan en funcionamiento deberán cumplir las condiciones de Seguridad del Real Decreto 1314/97, de 1 de agosto (BOE 30-09-99), por el que se dictan las disposiciones de aplicacin de la Directiva 95/16/CE, debiendo llevar el marcado CE. |
| Tasas a aplicar Reguladas por la Ley 13/1998, de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 13 de 20-7-98). |
| Plazo de presentacionInmediatamente tras la finalización de la ejecución de la instalación, antes de la puesta en funcionamiento. |
| Lugar presentación solicitudes Gobierno Vasco Empresas Conservadoras Autorizadas (Ver en Otros documentos). |
| Descripción de los trámites No se describen. |
| Órgano que resuelve Oficinas Territoriales de Industria |
| Plazo de resolución 15 días. |
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Efectos del silencio Estimatorios |
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Fín de la vía administrativa La resolución NO pone fín a la vía administrativa |
| Recursos / Reclamaciones |
| Formularios ·
Expediente Técnico
(Documento
DAE-1). ·
Libro del Ascensor
(Documento
DAE-2). ·
Solicitud de Puesta en
Servicio (Documento
DAE-3). ·
Certificado de Dirección de
Obra del ascensor (Documento
DAE-4). |
| Otros documentos
Listado de Empresas Conservadoras Autorizadas (Documento DAE-16). |
| Observaciones No hay. |
| Nota Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica. |
| Fecha de la última modificación 08/03/2005 |