Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco

Departamento de Industria, Comercio y Turismo

euskadi.net

Inicio

Estás en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Industria

WAI-A

Almacenamiento de líquidos petrolíferos para distribución a granel de:
- Otros parques
- Estaciones de servicio
Y sus ampliaciones
 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Energía


Autorización administrativa.

Autorización de Puesta en Marcha.

Autorización administrativa.

Autorización de Puesta en Marcha.


Destinatarios/as

Operadores al por mayor.


Normativa reguladora

LEY 34/1998, de 7 de octubre (BOE 8-10-98) del Sector de Hidrocarburos.

REAL DECRETO 2085/1994, de 20 de octubre (BOE 27-1-95), que aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.

REAL DECRETO 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre. (BOE 22/10/99)

REAL DECRETO 1562/1998, de 17 de julio (BOE 8-8-98) MI-IP02.


Personas de contacto

Oficina Territorial de Alava
Pedro Rodríguez Díaz
Coordinador del Servicio de Energía
Teléfono: 945.01.77.77

Oficina Territorial de Gipuzkoa
Miguel Mª Miner
Coordinador del Servicio de Energía
Teléfono: 943.02.25.11

Oficina Territorial de Bizkaia
Antonio J. Salgado
Coordinador del Servicio de Energía
Teléfono: 94.403.14.37


Documentación a aportar

Solicitud de autorización administrativa acompañada de proyecto que acredite el cumplimiento de la MI IP02:

Condiciones de seguridad.

Condiciones de protección del medio ambiente.

Adecuación del emplazamiento al régimen de ordenación del territorio.

Solicitud de Autorización de puesta en marcha acompañada de Certificado de Dirección de Obra y documentación que acredite el cumplimiento de la Instrucción Técnica MI IP02.


Tasas a aplicar

Reguladas por la Ley 13/1998, de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 13 de 20-7-98).


Plazo de presentacion Durante todo el año

Lugar presentación solicitudes

  • Oficina Territorial de Industria

- Servicio de Energía.

Descripción de los trámites

No se describen


Órgano que resuelve

Direccin de Energa.


Plazo de resolución

6 meses


Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

No hay


Otros documentos

No hay


Observaciones

Caso de que la red se ubique en una zona que no esté amparada por una concesión devenida en autorización por la Ley 34/1998, la solicitud deberá someterse a información pública, la cual debe garantizar la concurrencia de otras posibles solicitudes de autorización.


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

18/11/2002