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WAI-A

Programa de apoyo a la modernización de equipamientos comerciales. 2008

 

Departamento / Organismo Autónomo

Industria, Comercio y Turismo


Órgano gestor

Dirección de Gabinete de Industria, Comercio y Turismo


Objeto

Modernización de equipamientos comerciales realizados por empresas radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.


Destinatarios/as

PYMEs cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial, constituidas y actuando comercialmente con una antelación mínima de dos años a la fecha de la solicitud de la ayuda.

En caso de creación de una nueva empresa como consecuencia de la evolución de otra preexistente con transmisión de la totalidad del patrimonio o de una o varias ramas de actividad plenamente diferenciadas, dicho requisito deberá ser cumplido por la empresa matriz.


Dotación económica

20% del coste de la inversión subvencionable.
Máximo por empresa: 6.000 €


Normativa reguladora

ORDEN de 8 de mayo de 2003 , del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de equipamientos comerciales.

ORDEN de 25 de mayo de 2006,  de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica la Orden de 8 de mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de equipamientos comerciales.

ORDEN de 25 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica la Orden de 8 de mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de equipamientos comerciales.

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2008,  del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas establecidas en el Programa de Apoyo a la Modernización de Equipamientos Comerciales, para el ejercicio 2008.


Personas de contacto

Gobierno Vasco
Dirección de Comercio
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 99 67
 E-mail:
j-cadarso@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno.: 94 40314 77
E-mail:
i-lopezperez@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Tfno.: 943 02 2565
E-mail:
t-urkiol@ej-gv.es


Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 70 54
E-mail:
mj-cubo@ej-gv.es

Gabinetes de Asistencia Técnica al Comerciante-(G.A.T.C.)


Documentación a aportar

1.- Impreso de solicitud (hojas F-1, F-2 y F-3)

2.- Copia de la última escritura de constitución de la empresa y últimas modificaciones, si es el caso.

3.- Fotocopia del Poder de Representación de la persona solicitante (si no han solicitado ayuda en los dos años anteriores o se en encuentran ya en poder del Dpto. de Industria, Comercio y Turismo).

4.- Fotocopia del N.I.F./C.I.F. o fotocopia del D.N.I. de la persona solicitante (Si en los dos ejercicios anteriores no han solicitado ayudas al Departamento o se encuentran ya en poder del Dpto. de Industria, Comercio y Turismo).

5.- Certificado acreditativo de altas y bajas en el IAE extendido por la Hacienda Foral.

6.- Alta de Terceros (nº de cuenta bancaria de una entidad financiera) (Si no ha obtenido ayuda en años anteriores o se ha modificado posteriormente algún dato).

7.- Facturas definitivas originales,o fotocopias de los activos objeto de la solicitud.

8.- Certificado de altas y bajas en el IAE de la empresa matriz para quienes procedan de otra empresa.

9.- Vida laboral expedida por la Seguridad Social para quienes acceden a una empresa procedentes de otra matriz.

10.- Cuando la cuantía de la inversión supere los 15.000 €, certificado de estar al corriente de Hacienda (en caso de no autorizar a la Administración que solicite este dato).


* En los casos 3, 4 y 6 indicar en qué dependencia la presentaron y fecha.


Plazo de presentacion

04/04/2008 - 04/09/2008


Lugar presentación solicitudes

En las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo donde se ubique la inversión:

Gobierno Vasco
Oficina Territorial Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno.: 94 403 14 77
E-mail:
i-lopezperez@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Tfno.: 943 02 2565 E-mail:
t-urkiol@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Alava
Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 70 54 E-mail:
mj-cubo@ej-gv.es

Gabinetes de Asistencia Técnica al Comerciante-GATC


Descripción de los trámites

Las Oficinas Territoriales se encargan de recepcionar, analizar y evaluar las solicitudes y establecen propuesta de resolución a medida que los expedientes completan la documentación.

El Director de Comercio dicta la resolución que establece el pago íntegro de la subvención.


Órgano que resuelve

Dirección de Comercio


Plazo de resolución

6 meses desde su publicación.

BENEFICIARIOS/AS 2007



Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios

Tramitación Telemática e Impresos:
La solicitud de subvención se puede tramitara través de internet, no obstante es imprescindible presentarla en papel con la documentación necesaria, en la Oficina Territorial correspondiente o en los lugares que permite la Ley de Procedimiento Administrativo para darle registro de entrada.

 

Otros documentos

No hay


Observaciones

Inversión subvencionable:
Puede ser objeto de ayuda la adquisición como activo de la empresa de:
- Aplicaciones informáticas genéricas o estándar, excluyendo las específicas o realizadas a medida así como los costes de revisión, adaptación y corrección de las mismas.
- Equipos para el proceso de información.
- Cajas registradoras
- Terminales punto de venta
- Lectores de códigos
- Sistemas de etiquetaje
- Equipos para tratamiento de temperatura del producto
- Sistemas de medición y pesaje para mercancías
- Sistemas anti-hurto incorporados al producto
- Maquinaria de preparación y horneado de pan y productos similares
- Maquinaria y equipos para la automatización y mecanización de tareas.
Para el cálculo de la subvención se considera el coste en factura deducido el impuesto del valor añadido.
Condiciones de los activos a apoyar:
- Inversión mínima admitida: 600 €
- Se materializará en el año 2008, si bien se pueden  admitir inversiones materializadas en el ejercicio anterior con posterioridad al cierre del plazo para presentar las solicitudes de ayuda.
- Serán de nuevo uso
- No se cederán a terceros
- El periodo mínimo de amortización será de tres años
- No habrá sido fabricada, realizada o desarrollada por la empresa solicitante.


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

03/04/2008